Servicio · Legalización fotovoltaica
Tramitamos el boletín eléctrico y el alta de autoconsumo de tu instalación solar en Valencia
Nos encargamos de la legalización de la instalación fotovoltaica de principio a fin: boletín eléctrico, alta de autoconsumo ante la distribuidora y solicitud de compensación de excedentes. Lo lleva la persona de trámites de Tejado Cero, la misma que ha visto el expediente desde el primer día, no una gestoría externa que recibe el caso por correo.
Un expediente son tres trámites distintos, no uno
Cada pieza tiene su propio organismo y su propio plazo. Las tres van dentro del mismo precio de partida cuando forman parte de la misma instalación.
- Boletín eléctrico
- Certificado de instalación (CIE)
- Alta de autoconsumo
- Registro ante la distribuidora
- Compensación de excedentes
- Solicitud a la comercializadora
- Precio de partida
- 450 € por expediente
La cifra de partida cubre una instalación residencial o de local pequeño con un único punto de suministro. Un expediente con dos contadores, una comunidad de vecinos o una potencia superior a 10 kWp se presupuesta aparte, y ese caso concreto no lo aceptamos: no instalamos por encima de 10 kWp.
Autoconsumo solar en vivienda, paso a paso administrativo
El boletín eléctrico lo firma el electricista con carné de instalador autorizado que forma parte de la plantilla, no un tercero contratado para la ocasión. Ese mismo documento es el que exige la distribuidora para dar de alta el autoconsumo, así que un error en el boletín retrasa todo lo demás.
La solicitud de compensación de excedentes se presenta después del alta, cuando ya existe el punto de conexión activo. De ahí en adelante el excedente vertido a red se descuenta de la factura de la comercializadora, con la tarifa que tenga contratada cada cliente.
| Boletín eléctrico (CIE) | Preparación tras la instalación, 3 a 5 días de trabajo interno |
|---|---|
| Registro de alta de autoconsumo | La distribuidora suele confirmar entre 3 y 6 semanas |
| Compensación de excedentes | Efectiva desde la primera factura tras el alta confirmada |
| Documentación aportada | Memoria técnica, certificado de instalación, contrato con la distribuidora |
| Quién firma | El electricista con carné de instalador autorizado de la plantilla |
Los plazos de la distribuidora no los controlamos nosotros: dependen de su volumen de expedientes en cada momento. Lo que sí controlamos es no dejar el expediente incompleto por un dato que faltaba desde el principio.
La misma empresa que instala es la que tramita
Tejado Cero opera desde 2016 con siete personas en plantilla, entre ellas una persona dedicada solo a trámites y un electricista con carné de instalador autorizado. No se subcontrata el expediente a una gestoría distinta a la que hizo la instalación.
- El técnico que instala es el mismo que aporta los datos reales de la instalación para el boletín, sin depender de fotos enviadas por correo.
- Si el expediente se retrasa por parte de la distribuidora, se informa del motivo concreto, no un genérico "está en trámite".
- El expediente se presenta completo la primera vez: memoria técnica, certificado y contrato revisados antes de enviarlos.
De la instalación terminada al primer excedente compensado
Cuatro pasos administrativos, siempre en este orden, porque cada uno depende del anterior.
-
Cierre técnico de la instalación
Se documentan potencia instalada, inversor y esquema unifilar en cuanto el técnico termina de instalar.
Entrada al expediente -
Boletín eléctrico
El electricista de plantilla firma el certificado de instalación con los datos reales verificados en el tejado.
3 a 5 días -
Alta de autoconsumo
Se presenta el registro ante la distribuidora eléctrica de la zona con el boletín ya firmado.
3 a 6 semanas, según la distribuidora -
Compensación de excedentes
Con el alta confirmada, se solicita a la comercializadora la compensación en factura del excedente vertido.
Activo desde la siguiente factura
Para quién es este servicio
- Viviendas y locales pequeños con una instalación de 3 a 10 kWp ya instalada o en curso con Tejado Cero.
- Propietarios que quieren la compensación de excedentes activa cuanto antes, sin perseguir papeleo por su cuenta.
- Instalaciones de un único punto de suministro con un contrato de electricidad ya vigente.
Para quién no es
- Naves o huertos solares de más de 10 kWp: ese expediente pide otro tipo de proyecto y otra empresa.
- Instalaciones que ya tramitó otra empresa y que solo necesitan una corrección puntual del boletín; eso se valora aparte, sin el precio de partida completo.
- Comunidades de propietarios con varios puntos de suministro: se presupuesta caso por caso, fuera de esta ficha.
Cuéntanos qué instalación tienes que legalizar
Si la instalación la hizo Tejado Cero, el expediente ya tiene la mitad de los datos. Si la instaló otra empresa, dinos la potencia y el municipio y te decimos qué falta.
Respondemos por teléfono o por el correo que nos indiques, normalmente en uno o dos días hábiles.
Si aún no tienes instalación, mira antes el catálogo de sistemas o pasa por el configurador para estimar la potencia que necesitas.